La aplicación constitucional preferente del derecho internacional

Autores/as

  • Eladio Arroyo Lara Universidad de La Laguna, España
  • Luis V. Pérez Gil Universidad de La Laguna.

Resumen

El presente ensayo tiene como finalidad principal exponer la tesis de la aplicación constitucional preferente del derecho internacional respecto del derecho interno, acudiendo a una interpretación metódica y sistemática de la Constitución española de 1978. Pero esta cualificación no es privativa del ordenamiento constitucional español. Sistemas como el alemán anterior a la reunificación, tanto de la República Federal como de la República Democrática, imponían la equivalencia del Derecho internacional general respecto a los ordenamientos internos y, en su caso, la prevalencia del derecho internacional convencional. Es pertinente citar, aunque pertenezca a un conjunto jurídico distinto, el caso del common law inglés y con eso queremos señalar que la Constitución española no es un supuesto aislado y extraño entre espacios jurídicos homogéneos, sino que sigue una tradición común a casi todos los sistemas jurídicos actuales.

Palabras clave:

relaciones entre derecho internacional y derecho interno, aplicación preferente del derecho internacional, derecho de los tratados, jerarquía normativa,

Biografía del autor/a

Eladio Arroyo Lara, Universidad de La Laguna, España

Catedrático de derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universidad de La Laguna, España; premio extraordinario de doctorado Universidad de La Laguna; autor de numerosas publicaciones

Luis V. Pérez Gil, Universidad de La Laguna.

Doctor en derecho por la Universidad de La Laguna, España; miembro de número de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales; profesor visitante en