La aplicabilidad del Derecho Internacional Humanitario a las Fuerzas de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz surge debido a que estas son precisamente fuerzas armadas. En el presente artículo se presentan los instrumentos jurídicos aplicables y se sostiene que son los Estados que proveen contingentes los responsables de su difusión, del respeto del Derecho Humanitario y de las infracciones contra él. Se menciona además la posición del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre la aplicabilidad de este derecho y la de Naciones Unidas. Luego se analizan los problemas que se derivan con respecto a las Fuerzas enviadas actualmente a Camboya y la ex-Yugoslavia, especialmente con respecto a la aplicabilidad del Derecho Humanitario y a las actividades del Comité en estas regiones. Finalmente, se indican las posibilidades de cooperación entre las Fuerzas y el Comité.
Palabras clave:
Derecho Internacional Humanitario, Naciones Unidas, Fuerzas de Mantenimiento de Paz, Comité Internacional de la Cruz Roja, Conflicto Armado
Biografía del autor/a
Jean-Luc Blondel
Doctor en filosofía, delegado regional del Comité Internacional de la Cruz Roja, Buenos Aires, Argentina.
Blondel, J.-L. (1993). Las Fuerzas de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la aplicación del derecho internacional humanitario. Estudios Internacionales, 26(104), p. 702–716. https://doi.org/10.5354/0719-3769.1993.15370